Micelio

decreto 2253 de 1985

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 1338 de fecha 14 de mayo de 1985, se comisionó al doctor Rafael de Jesús Gómez Quiñones, Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, para que por el término de cinco (5) días, se trasladara a la ciudad de San Antonio de Táchira, con el fin de adelantar una investigación disciplinaria en el Consulado de Colombia en cucha ciudad

Considerando · 4 motivos

Que mediante Decreto número 1338 de fecha 14 de mayo de 1985, se comisionó al doctor Rafael de Jesús Gómez Quiñones, Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, para que por el término de cinco (5) días, se trasladara a la ciudad de San Antonio de Táchira, con el fin de adelantar una investigación disciplinaria en el Consulado de Colombia en cucha ciudad;

Que dicha comisión debería haberse cumplido dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de expedición del decreto antes mencionado;

Que el doctor Gómez Quiñones, no pudo cumplir dicha comisión por cuanto se encontraba realizando actividades inherentes a su cargo;

Que mediante Decreto número 1837 de 15 de julio de1985 se designó al doctor Rafael Uribe Iregui, Asesor, Código 1020 grado 02 de la División de Asuntos Consulares de este Ministerio, para cumplir la comisión que le había sido conferida al doctor Gómez Quiñones; Por lo anterior, es necesario derogar el Decreto por el cual se ordenaba la comisión al doctor Gómez Quiñones;

Artículo 1Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 1338 De Fecha 14 De Mayo De 1985, De Conformidad Con La Parte Motiva De La Presente Disposición

°. Derógase en todas sus partes el Decreto número 1338 de fecha 14 de mayo de 1985, de conformidad con la parte motiva de la presente disposición.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores