Micelio

decreto 1054 de 1960

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Artículo 1Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Presente Vigencia Fiscal: Ministerio De Educación Nacional

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal: Ministerio de Educación Nacional. Contracréditos. CAPITULO 389 División de Acción Comunal. Inversión. 448. Del artículo 4043 . Para toda clase de inversiones y gastos que demande el funcionamiento de la División de Acción Comunal, gastos e inversiones que realizará el Gobierno directamente en cada uno de los Departamentos, por partes iguales $500.000.00 CAPITULO 391 División de Educación Campesina. Escuelas Vocacionales Agrícolas. 448. Del artículo 4132. Creación de diez (10) Escuelas Vocacionales Agrícolas, en las zonas que determine el Gobierno 500.000 00 CAPITULO 393 División de Coordinación Universitaria y Alta Cultura. Universidades. Inversión . 449. Del artículo 4365 . Aporte para el Sostenimiento de la Universidad Nacional, inclusive $ 150.000.00 para la Escuela de Minas, de Medellín ; $ 250.000.00 para la Facultad de Ingeniería Industrial de Manizales; $ 240.000.00 para el Centro de Enseñanza Estadística, Económica y Financiera, y $ 750.000.00 para la Escuela Superior de Higiene en el año 500.000.00 Oficiales . Inversión . 449. Del artículo 4369. Aporte a las Universidades Departamentales oficiales. (Decreto número 277 de 1958) 500.000.00 Suman los contracréditos $ 2.000 000 00 Créditos. CAPITULO 385 Pensiones de jubilación. Transferencia. 201. Al artículo 3899. Pago de pensiones de jubilación a maestros y profesores, inclusive el pago de las que quedaron pendientes de vigencias anteriores a las de 1959, en el año $ 2.000.000 00 Suman los Créditos $ 2.000.000 00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,