En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que ha resultado insuficiente la cantidad fijada al capítulo 10, articulo 35 de la primera liquidación del Presupuesto, de Gastos del actual bienio económico para dar cumplimiento á la Ley 26 de 1898, la cual en su artículo 4.° declara incluida en el expresado Presupuestó la suma necesaria pura tal efecto
Considerando · 1 motivo
Que ha resultado insuficiente la cantidad fijada al capítulo 10, articulo 35 de la primera liquidación del Presupuesto, de Gastos del actual bienio económico para dar cumplimiento á la Ley 26 de 1898, la cual en su artículo 4.° declara incluida en el expresado Presupuestó la suma necesaria pura tal efecto;
Artículo 1
Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1899 y 1900 con la cantidad de $ 100,000, imputable así:
DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA
servicio DE 1889 y 1900
Capítulo 62-Gastos varios
Artículo 368 (E). Pura dar cumplimiento á la Ley 26 de 1898, por la cual se rinde homenaje á Jesucristo y se ordena la erección de un monumento (crédito implícito). $ 100,000.
Artículo 368(E)
Artículo único. Adiciónase la primera liquidación del Presupuesto de Gastos del bienio de 1899 y 1900 con la cantidad de $ 100,000, imputable así: DEPARTAMENTO DE INSTRUCCION PUBLICA servicio DE 1889 y 1900 Capítulo 62- Gastos varios Artículo 368 (E). Pura dar cumplimiento á la Ley 26 de 1898, por la cual se rinde homenaje á Jesucristo y se ordena la erección de un monumento (crédito implícito). $ 100,000.