Artículo 1Suprímese Del Artículo 27 Del Decreto Ley 1042 De 1978, La Siguiente Nomenclatura De Empleo: Denominación Código Grado Oficial De Catastro 5130 11 09 07 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Suprime Parcialmente Artículo 27 Decreto 1042 De 1978
º Suprímese del artículo 27 del Decreto ley 1042 de 1978, la siguiente nomenclatura de empleo: Denominación Código Grado Oficial de Catastro 5130 11 09 07
Artículo 2Adiciónase La Nomenclatura De Empleos Del Nivel Directivo, Establecida Por Los Decretos-Leyes 712 Y 1044 De 1978, Así: Denominación Código Grado Director General De Escuela Judicial 0048 08
º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel directivo, establecida por los Decretos-leyes 712 y 1044 de 1978, así: Denominación Código Grado Director General de Escuela Judicial 0048 08
Artículo 3Adiciónase La Nomenclatura De Empleos Del Nivel Asesor, Establecida En El Artículo 23 Del Decreto-Ley 1042 De 1978, Así: Denominación Código Grado Asesor Del Consejo Superior Del Servicio Civil 1008 04 Director De Informática De La Presidencia De La República 1009 04 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Artículo 23 Decreto 1042 De 1978
º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel asesor, establecida en el artículo 23 del Decreto-ley 1042 de 1978, así: Denominación Código Grado Asesor del Consejo Superior del Servicio Civil 1008 04 Director de Informática de la Presidencia de la República 1009 04
Artículo 4Adiciónase La Nomenclatura De Empleos Del Nivel Profesional, Establecida En El Artículo 25 Del Decreto-Ley 1042 De 1978, Así: Denominación Código Grado Tecnólogo Especializado 3090 06 04 03 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Artículo 25 Decreto 1042 De 1978
º Adiciónase la nomenclatura de empleos del nivel profesional, establecida en el artículo 25 del Decreto-ley 1042 de 1978, así: Denominación Código Grado Tecnólogo Especializado 3090 06 04 03
Artículo 5Adiciónase A La Nomenclatura De Empleos Del Nivel Técnico, Establecida En El Artículo 26 Del Decreto-Ley 1042 De 1978, Así: Denominación Código Grado Topógrafo Tecnólogo 4160 10 09 Tecnólogo 4165 10 09 08 07 Oficial De Catastro 4170 06 05 04 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Artículo 26 Decreto 1042 De 1978
Articulo 5º Adiciónase a la nomenclatura de empleos del nivel técnico, establecida en el artículo 26 del Decreto-ley 1042 de 1978, así: Denominación Código Grado Topógrafo Tecnólogo 4160 10 09 Tecnólogo 4165 10 09 08 07 Oficial de Catastro 4170 06 05 04
Artículo 6Los Cargos Existentes En Las Distintas Entidades De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional, Correspondientes A La Denominación Que Se Suprime, Continuarán Vigentes Hasta Tanto Dichas Entidades Modifiquen Sus Plantas De Personal Para Ajustarlas A Lo Dispuesto En Este Decreto
º Los cargos existentes en las distintas entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, correspondientes a la denominación que se suprime, continuarán vigentes hasta tanto dichas entidades modifiquen sus plantas de personal para ajustarlas a lo dispuesto en este Decreto.
Artículo 7El Presente Decreto Rige A Partir De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º El presente Decreto rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.