El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1
Por haberse suprimido la Prefectura de la Provincia de Obando, autorizase al Alcalde Municipal de Tumaco. Para expedir pasaportes colombianos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 798 de 1941 y por delegación del Gobernador del Departamento de Nariño, en cada caso.
Queda así adicionado el artículo 9º del citado Decreto.
Artículo 9Del Citado Decreto
Artículo único. Por haberse suprimido la Prefectura de la Provincia de Obando, autorizase al Alcalde Municipal de Tumaco. Para expedir pasaportes colombianos, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto número 798 de 1941 y por delegación del Gobernador del Departamento de Nariño, en cada caso. Queda así adicionado el artículo 9º del citado Decreto.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores
Darío Ecilandiaencargado