El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Países Bajos, Un (1) Cargo De Agregado Civil Ad Honórem Y Nómbrase Para Desempeñarlo Al Doctor Aníbal Cortés Serrano
° Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Países Bajos, un (1) cargo de Agregado Civil ad honórem y nómbrase para desempeñarlo al doctor Aníbal Cortés Serrano.
Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 30 de julio de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, LUIS FERNANDO JARAMILLO CORREA.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores