Micelio

decreto 1053 de 1979

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y. CONSIDERANDO: Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Desarrollo Económico, por medio de las Resoluciones números 03525 y 307 de 1979 declararon sobrante la suma de $ 1.825.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes

Considerando · 3 motivos

Que los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y Desarrollo Económico, por medio de las Resoluciones números 03525 y 307 de 1979 declararon sobrante la suma de $ 1.825.000 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los certificados de reserva y disponibilidad números 29 y 30 de 1979 por valor de $ 400.000.00 y $ 1.425.000.00, respectivamente, para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y;

Que se han cumplido los requisitos, legales necesarios;

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1979: Contracréditos Presupuesto De Funcionamiento

°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979: Contracréditos Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 3 Dirección General de Aduanas. Gastos Generales. Claves: 112 36 12 Articulo 1418. Compra de equipo $ 450.000 112 40 12 Artículo 1422. Materiales y suministros 450.000 CAPITULO 4 Dirección General del Presupuesto. Transferencias. 112 80 21 Artículo 1443. Instituto de Estudios e Investigaciones Fiscales "Antonio Barrerá Carrasquilla" 275.000 CAPITULO 7. Dirección General de Servicios Administrativos. Gastos Generales. 112 36 12 Artículo 1418. Compra de equipo 250.000 Ministerio de Desarrollo Económico. CAPITULO 3 Inspección y Control de Sociedades. Servicios personales. 261 5 11 Articulo 2303. Remuneración por servicios técnicas 200.000 261 11 11 Articulo 2308. Prima técnica 100.000 Gastos Generales. 261 48 12 Artículo 2323. Gastos varios e imprevistos 100.000 Suman los contracréditos $ 1.825.000 Créditos Presupuesto de Funcionamiento. Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 1 Dilección Superior. Servicios personales. 112 3 11 Artículo 1402. Gastos de representación $ 250.000 Gastos Generales. 112 37 12. Artículo 1419. Viáticos y gastos de viajes 900.000 CAPITULO 4 Dirección General del Presupuesto Servicios personales 112 3 11. Artículo 1402. Gastos de representación 150.000 CAPITULO 6 Tesorería General de la República. Servicios personales. 112 3 11 Articulo 1402. Gastos de representación $ 125.000 Ministerio de Desarrollo Económico CAPITULO 3 Inspección y Control de Sociedades. Servicios personales. 261 3 11 Artículo 2302. Gastos de representación 100.000 261 7 11 Articulo 2305. Jornales 200.000 Gastos Generales. 261 47 12 Artículo 2324. Pago de primas, pólizas de manejo 100.000 Suman los créditos $ 1.825.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público