Micelio

decreto 601 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Desde La Fecha En Que Termine De Hacer Entrega Del Almacén, Acéptase Al Señor Manuel Rincón G, La Renuncia Que Ha Presentado Para Separarse Del Cargo De Oficial 3° Almacenista Jefe De La Aduana De Buenaventura

°. Desde la fecha en que termine de hacer entrega del Almacén, acéptase al señor Manuel Rincón G, la renuncia que ha presentado para separarse del cargo de Oficial 3° Almacenista Jefe de la Aduana de Buenaventura.

Artículo 2Con Fecha 3 De Marzo Del Año En Curso, Acéptase La Renuncia Presentada Por El Señor Diego Nicholls Vélez Para Separarse Del Cargo De Administrador: Capitán De La Aduana De Ipiales

°. Con fecha 3 de marzo del año en curso, acéptase la renuncia presentada por el señor Diego Nicholls Vélez para separarse del cargo de Administrador: Capitán de la Aduana de Ipiales.

Artículo 3Promuévese Al Señor Cicerón Angel Arcos Del Cargo De Auxiliar 5° Contador Ayudante De La Sección 7 A Contabilidad, De La Aduana De Barranquilla Al De Auxiliar 4° Cajero Recibidor De La Misma Aduana, En Vacante Existente

°. Promuévese al señor Cicerón Angel Arcos del cargo de Auxiliar 5° Contador Ayudante de la Sección 7 a Contabilidad, de la Aduana de Barranquilla al de Auxiliar 4° Cajero Recibidor de la misma Aduana, en vacante existente.

Artículo 4Trasladase Al Señor Luis Alberto Linares Guillen El Cargo De Auxiliar 2° Cotizador De La Sección 11 A De Proveeduría A Auxiliar 4° Distribuidor De La Sección 5 A Almacenes, De La Aduana De Barranquilla, En Vacante Existente Parágrafo El Señor Luis Alberto Linares Guillen Prestara Sus Servicios En La Aduana Interior, De Bogotá, En Comisión Sin Derecho Al Pago De Viáticos

Articulo 4°. Trasladase al señor Luis Alberto Linares Guillen el cargo de Auxiliar 2° Cotizador de la Sección 11 a de Proveeduría a Auxiliar 4° Distribuidor de la Sección 5 a Almacenes, de la Aduana de Barranquilla, en vacante existente

Parágrafo

El señor Luis Alberto Linares Guillen prestara sus servicios en la Aduana Interior, de Bogotá, en comisión sin derecho al pago de viáticos.

Artículo 5Declarase Sin Valor El Nombramiento Que Se Le Hizo Al Señor Luis Alberto Pérez Cujar Para Auxiliar 4° Distribuidor De La Sección 5 A Almacenes De La Aduana De Barranquilla

°. Declarase sin valor el nombramiento que se le hizo al señor Luis Alberto Pérez Cujar para Auxiliar 4° Distribuidor de la Sección 5 a Almacenes de la Aduana de Barranquilla. según Decreto número 3093 del 25 de noviembre de 1955 por inhabilidad para el ejercicio de sus funciones de acuerdo con .el certificado médico de la caja Nacional de Previsión.

Artículo 6Con Fecha 15 De Febrero Del Año En Curso, Aceptase La Renuncia Presentada Por El Señor Alvaro Uricoechea Para Separarse, Del Cargo De Auxiliar 3° Liquidador De La Aduana De Buenaventura

Articulo 6°. Con fecha 15 de febrero del año en curso, aceptase la renuncia presentada por el señor Alvaro Uricoechea para separarse, del cargo de Auxiliar 3° Liquidador de la Aduana de Buenaventura.

Artículo 7A Solicitud Del Señor Administrador De La Aduana De Buenaventura, Aclarase El Artículo 1° Del Decreto 82 Del 20 De Enero Del Año En Curso, En El Sentido De Que La Persona Nombrada Para El Cargo De Auxiliar 5° Chequeador De La Aduana Es El Señor Luis Taboada B

Articulo 7°. A solicitud del señor Administrador de la aduana de Buenaventura, aclarase el artículo 1° del Decreto 82 del 20 de enero del año en curso, en el sentido de que la persona nombrada para el cargo de Auxiliar 5° Chequeador de la Aduana es el señor Luis Taboada B. y no el señor Luis Taborda B. como allí se dijo por mala información

Artículo 8Trasladase Al Señor Pedro Nel Escorcia De La Espriella Del Cargo De Auxiliar 3° Liquidador De La Aduana De Buenaventura, Al De Aforador De 1° De La Aduana De Cartagena, En Vacante Existente

Articulo 8°. Trasladase al señor Pedro Nel Escorcia de la Espriella del cargo de Auxiliar 3° Liquidador de la Aduana de Buenaventura, al de Aforador de 1° de la Aduana de Cartagena, en vacante existente. Comuníquese y publíquese

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público