Micelio

decreto 1053 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y de las especiales que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden publico y en estado de sitio todo el territorio de la República

Considerando · 4 motivos

Que por Decreto número 3518, de 9 de noviembre de 1949, se declaro turbado el orden publico y en estado de sitio todo el territorio de la República;

Que al tenor de lo dispuesto en la ley 36 de 1939, solo el Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, puede importar estupefacientes con destino al consumo del país;

Que los pedidos de importación de estupefacientes para el Almacén del Fondo Rotatorio, se han venido tramitando por el Instituto Nacional de Higiene " Samper-Martínez", de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 15 del Decreto número 25 de 1947, y;

Que es indispensable unificar el sistema de adquisiciones o importaciones, para vigilar la oportuna como eficiente tramitación de los pedidos, por la dependencia ministerial respectiva, encargada de estas funciones;

Artículo 1

Artículo primero. A partir de la vigencia del presente Decreto, las importaciones de estupefacientes para el Almacén del Fondo Rotatorio, se tramitaran por la Junta de Compras de la Sección Administrativa del Ministerio de Salud Pública, sometiéndose a las disposiciones legales que regulan dichas importaciones.

Parágrafo

El Jefe de la Sección Jurídica, por intermedio del Jefe de Estupefacientes del Ministerio de Salud Pública, hará parte de la Junta de Compras para los efectos de este Decreto, a fin de garantizar la oportuna tramitación de los pedidos y conceptuar sobre responsabilidad y cumplimiento de las casas productoras, así como de la calidad de los productos.

Artículo 2

Artículo segundo. Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Guerra
El Ministro de Agricultura y Ganadería
El Ministro del Trabajo
El Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas