Artículo 1
El artículo 5º de los estatutos del Instituto de Fomento Industrial, aprobados mediante Decreto número 166 de lo de febrero de 1969, quedará así: " Artículo 5º . Capital autorizado. El capital autorizado del Instituto es de ochenta mil millones de pesos ($ 80.000.000.000), el cual queda dividido en echo mil millones de acciones de valor nominal de diez pesos ($ 10.00) cada, una".
Artículo 2
El presente Decreto rige desde su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.