Micelio

decreto 900 de 1984

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Artículo 1Decreto 239 De 1983

Artículo primero. El artículo primero del Decreto número 239 del 4 de febrero de 1983 quedará así: Establécese con carácter obligatorio en todos los planteles oficiales y no oficiales, la cátedra de Educación para la Democracia, la Paz y la Vida Social, para los niveles de Preescolar, Básica (Primaria y Secundaria) y el cielo de Educación Media Vocacional.

Parágrafo 1

Los contenidos de esta cátedra se desarrollarán en forma integrada, dentro del área de Sociales, así: en Preescolar y Básica Primaria, se incorporarán a los Estudios Sociales. En Básica Secundaria (grados 6º a 9º), se incorporarán en la asignatura de Historia, en Media Vocacional (grados 10 y 11), se Incorporarán a la asignaturas de Comportamiento y Salud.

Parágrafo 2

La incorporación de los contenidos de dicha cátedra, al área de Sociales, no modifica el sistema de evaluación vigente.

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.