Micelio

decreto 1709 de 1932

1 artículos · lectura continua

Artículo 1Del Decreto Número 1129 De 1928 (12 De Junio), En El Sentido De Que El Número De Miembros Que Se Formen Para La Junta Directiva De Las Sociedades Departamentales De Agricultores, Será Por Lo Menos De Cinco, Con Sus Respectivos Suplentes

Artículo único. Modifícase el

Parágrafo

del artículo 1° del decreto número 1129 de 1928 (12 de junio), en el sentido de que el número de miembros que se formen para la Junta Directiva de las Sociedades Departamentales de Agricultores, será por lo menos de cinco, con sus respectivos suplentes.

Parágrafo

) Artículo 1 DECRETO 1129 de 1928 Comuníquese y publíquese,