Micelio

decreto 2069 de 1968

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión

Considerando · 4 motivos

Que por medio del numeral 3º del artículo 59 de la Ley 45 de 1967, se autorizó al Gobierno para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración pública y el cumplimiento de los programas de inversión;

Que el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, por medio de la Resolución número 0482 de 1968, ha declarado sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1968, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por un total de $ 401.000.00;

Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, el Contralor General de la República, expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 15 de 1968, por un valor igual al que se trata de trasferir, y;

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1968: Presupuesto De Funcionamiento

º. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1968: Presupuesto de Funcionamiento. Contracréditos, Departamento Administrativo Nacional de Estadística. CAPÍTULO 020 Departamento Administrativo Nacional de Estadística. Programa 061 Administración del Departamento. Servicios personales. 101, 111, 103. Artículo 0201. Sueldos del personal de nómina 33.000 Programa 062 Recolección de datos. Servicios personales. 101, 111, 103. Artículo 0205. Sueldos del personal de nómina 240.000 Programa 064 Recolección y evaluación de estadísticas socioculturales. Servicios personales. 101, 145, 103. Artículo 0215. Sueldos del personal de nómina 15.000 Programa 065. CENSOS Servicios personales. 101, 115, 103. Artículo 0219. Sueldos del personal de nómina 97.000 Programa 067 Tabulación. Servicios personales. 101, 115, 103. Artículo 0229. Sueldos del personal de nómina 16.000 Suman los contracréditos 401.000 Créditos: Presupuesto de Funcionamiento. Departamento Administrativo Nacional de Estadística. CAPÍTULO 020 Departamento Administrativo Nacional de Estadística Programa 061 Administración del Departamento Servicios personales. 102. 111. 117. Artículo 0203. Prima de Navidad 3.550 Programa 062 Recolección de datos. Servicios personales. 102. 115. 127. Artículo 0207. Subsidio de transporte 7.450 Programa 068 Servicios generales. Gastos generales. 105, 111, 201. Artículo 0237. Mantenimiento y aseguros 170.000 106, 111, 205. Artículo 0238. Servicios de comunicaciones 200.000 106, 111, 207. Artículo 0239. Servicios públicos 20.000 Suman los créditos 401.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público