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decreto 2314 de 1996

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo74 del Decreto-ley número 1042 de 1978 y el numeral 5 o . del artículo 59 del Decreto número 2171 de 1992

Artículo 1Aprobar El Acuerdo Número 0017 Del 2 De Mayo De 1996 Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Nacional De Vías, Cuyo Texto Es El Siguiente: Instituto Nacional De Vías Acuerdo Numero 0017 De 1996 (2 De Mayo) Por El Cual Se Adiciona El Acuerdo Número 0035 Del 29 De Agosto De 1995, Que Adiciona La Planta De Personal Del Instituto Nacional De Vías Establecida Por El Acuerdo Número 002 Del 20 De Diciembre De 1993 Y Modificada Por El Acuerdo Número 090 Del 17 De Noviembre De 1994

º. Aprobar el Acuerdo número 0017 del 2 de mayo de 1996 emanado de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, cuyo texto es el siguiente: Instituto Nacional de Vías ACUERDO NUMERO 0017 DE 1996 (2 de mayo) por el cual se adiciona el Acuerdo número 0035 del 29 de agosto de 1995, que adiciona la planta de personal del Instituto Nacional de Vías establecida por el Acuerdo número 002 del 20 de diciembre de 1993 y modificada por el Acuerdo número 090 del 17 de noviembre de 1994. La Junta Directiva del Instituto Nacional de Vías, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 5º del artículo 59 del Decreto 2171 del 30 de diciembre de 1992, ACUERDA: Artículo 1º. Adicionar el artículo 1º del Acuerdo número 0035 del 29 de agosto de 1995, así: 3. PLANTA GLOBAL DIRECCIONES REGIONALES Nº de cargos Denominación del empleo Código Grado 1 Director Regional 2035 24 1 Profesional Especializado 3010 21 2 Profesional Especializado 3010 20 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 1 Auxiliar Administrativo 5120 18 1 Conductor Mecánico 5310 17 Artículo 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional, adiciona en lo pertinente el Acuerdo número 0035 del 29 de agosto de 1995 y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 2 de mayo de 1996. El Presidente, (Fdo.) Carlos Hernán López Gutiérrez. La Secretaria, (Fdo. Yolanda Pinto de Tapias.»

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias y adiciona los Decretos números 2664 del 29 de diciembre de 1993, 657 del 26 de abril de 1995, el 1894 del 31 de octubre de 1995 y el 808 del 3 de mayo de 1996.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto-ley número 1042 de 1978 y el numeral 5 o . del artículo 59 del Decreto número 2171 de 1992 Publíque se y cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Transporte
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública