Micelio

decreto 2480 de 1984

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Artículo 1º Confiérese La Orden De Boyacá En El Grado De Cruz De Plata A La Corporación Colegio Nacional De Abogados (Conalbos)

º Confiérese la Orden de Boyacá en el grado de Cruz de Plata a la Corporación Colegio Nacional de Abogados (Conalbos).

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníque se y publíquese.