Micelio

decreto 1853 de 1984

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Artículo 1Fíjase La Siguiente Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio A La Capacidad Eléctrica Instalada En La Central Hidroeléctrica De San Carlos I, Entre Los Municipios Afectados Por Esta Obra, Así

º Fíjase la siguiente proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio a la capacidad eléctrica instalada en la Central Hidroeléctrica de San Carlos I, entre los municipios afectados por esta obra, así. Municipio: San Carlos. Factor de proporcionalidad: 100%. Equivalente en KW: 620.000.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.