El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Créase El Consulado Ad Honorem De Colombia En La Ciudad De Mérida, España
º. Créase el Consulado ad honorem de Colombia en la ciudad de Mérida, España.
Artículo 2Créase El Cargo De Cónsul Ad Honorem En El Consulado Ad Honorem De Colombia En La Ciudad De Mérida, España
º. Créase el cargo de Cónsul ad honorem en el Consulado ad honorem de Colombia en la ciudad de Mérida, España.
Artículo 3Nómbrase A José Blanco Miguel En El Cargo De Cónsul Ad Honorem De Colombia En La Ciudad De Mérida, España
º. Nómbrase a José Blanco Miguel en el cargo de Cónsul ad honorem de Colombia en la ciudad de Mérida, España.
Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 13 de junio de 2000. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Relaciones Exteriores, Guillermo Fernández de Soto.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores