Micelio

decreto 2068 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1Suprímase De La Planta De Personal De La Dirección Nacional Del Derecho De Autor, Unidad Administrativa Especial Adscrita Al Ministerio De Gobierno, Establecida En El Artículo Primero Del Decreto 812 De 1992 El Siguiente Cargo: N° De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Dirección General 1 Director General De Ministerio 0100 10 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Suprime Parcialmente Artículo 1 Decreto 812 De 1992

° Suprímase de la planta de personal de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Gobierno, establecida en el artículo primero del Decreto 812 de 1992 el siguiente cargo: N° de cargos Denominación del Cargo Código Grado Dirección General 1 Director General de Ministerio 0100 10

Artículo 2Créase En La Planta De Personal De La Dirección Nacional Del Derecho De Autor, Unidad Administrativa Especial Adscrita Al Ministerio De Gobierno El Siguiente Cargo: N° De Cargos Denominación Del Cargo Código Grado Dirección General 1 Director General De Unidad Administrativa Especial 0155 18 Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Adiciona Parcialmente Decreto 812 De 1992

° Créase en la planta de personal de la Dirección Nacional del Derecho de Autor, Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio de Gobierno el siguiente cargo: N° de cargos Denominación del Cargo Código Grado Dirección General 1 Director General de Unidad Administrativa Especial 0155 18

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica El Decreto 812 De 1992

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 812 de 1992.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública