Micelio

decreto 746 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y vista la solicitud de la Registraduría Nacional del Estado Civil

Artículo 1

En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará un folleto titulado "Compilación Electoral", en número de 3.000 ejemplares, bajo la dirección de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Parágrafo

El papel y cartulina necesarios se adquirirán con cargo a la apropiación para gastos del ramo Electoral. (Capítulo 3°, artículo 27-bis).

Artículo 27-Bis)

Articulo único . En la Imprenta Nacional y por cuenta del Gobierno se editará un folleto titulado "Compilación Electoral", en número de 3.000 ejemplares, bajo la dirección de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

Parágrafo

El papel y cartulina necesarios se adquirirán con cargo a la apropiación para gastos del ramo Electoral. (Capítulo 3°, artículo 27-bis). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público