Micelio

decreto 2491 de 1956

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Artículo 1

Artículo primero. A partir del diez y seis (16) de octubre del año en curso, fíjanse las siguientes asignaciones mensuales para los cargos del Instituto de Medicina Legal que a continuación se indican: Oficial Archivero $ 450.00 Oficial Ayudante del Laboratorio Forense 370. 00 Ayudante del Laboratorio de Hematología 450.00

Artículo 2

Artículo segundo. Aclárase el Decreto número 2337 de 1956, en el sentido de expresar que el sueldo asignado a los dos Asistentes Disectores del Instituto Central de Medicina Legal, es de $ 400.00 mensuales a cada uno o sea que la suma de $ 800.000.00 que allí figura, es la mensual para los dos Disectores, y no para cada uno.

Artículo 3

Artículo tercero. El Ayudante de Archivo del Departamento de Presupuesto del Ministerio de Justicia, pasará con la misma denominación y asignación mensual al Departamento de Personal del mismo Ministerio.

Artículo 4

Artículo cuarto. En los términos anteriores quedan modificados los Decretos 2263 y 2337 de 1956. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público