Micelio

decreto 2791 de 1959

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. El Aeropuerto Internacional construido en el Distrito Especial de Bogotá, y que se inaugurará el 10 de diciembre próximo, se denominará Aeropuerto Internacional de El dorado. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas