El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como suprema autoridad administrativa
Artículo 1Deróganse Los Decretos Números: 2824 Del 6 De Diciembre De 1989, 3034 Del 27 De Diciembre De 1989 Y 03 Del 2 De Enero De 1990
° Deróganse los Decretos números: 2824 del 6 de diciembre de 1989, 3034 del 27 de diciembre de 1989 y 03 del 2 de enero de 1990.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 120 de la Constitución Política, como suprema autoridad administrativa
El Ministro de Gobierno
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías