Artículo 1
Artículo primero . A partir de la fecha, suprímense los siguientes cargos en el Instituto Nacional de Cancerología: Sección de Administración y Almacén. 1 Mensajero Conserje $ 180.00 1 Portero Auxiliar Ascensorista 120.00 1 Jardinero Chofer 120.00 Departamento Médico. 1 Médico Pedíatra 120.00 Departamento de Radioterapia. 1 Médico Consultor Asesor 200.00
Artículo 2
Artículo segundo . A partir de la fecha, créanse los siguientes cargos, en el Instituto Nacional de Cancerología: Sección de Administración y Almacén. 1 Mensajero Chofer $ 220.00 1 Mecánico Jefe 250.00 1 Jardinero 150.00 1 Ascensorista 120.00
Artículo 3
Artículo tercero . Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente Decreto. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública