en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que La Previsora Vida, S. A., Compañía de Seguros presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable
Considerando · 2 motivos
Que La Previsora Vida, S. A., Compañía de Seguros presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo en consecuencia, concepto técnico favorable;
Que la Junta Directiva de La Previsora Vida, S. A., Compañía de Seguros en sesión del 16 de abril de 2007, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal, según consta en certificación del 20 de abril de 2007, suscrita por el Secretario General de la misma;
Artículo 1Apruébase La Modificación De La Planta De Personal De La Previsora Vida, S
°. Apruébase la modificación de la planta de personal de La Previsora Vida, S. A., Compañía de Seguros en el sentido de crear el siguiente empleo público: No. de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado PRESIDENCIA 1 (uno) Presidente de Entidad Descentralizada 0015 -
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.