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decreto 4836 de 2008

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que la Ley 1122 de 2007 creó la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES, determinando que en su integración habrá cinco comisionados expertos

Considerando · 3 motivos

Que la Ley 1122 de 2007 creó la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud, CRES, determinando que en su integración habrá cinco comisionados expertos;

Que con el propósito de poner en funcionamiento la entidad se deben crear los cargos mínimos necesarios;

Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público expidió la viabilidad presupuestal con el propósito de establecer la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Comisión de Regulación en Salud, CRES;

Artículo 1Créanse Los Siguientes Cargos En La Planta De Personal De La Unidad Administrativa Especial - Comisión De Regulación En Salud, Cres, Así No

°. Créanse los siguientes cargos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial - Comisión de Regulación en Salud, CRES, así No. de cargos Denominación del Cargos Código Grado 5(Cinco) Experto de Comisión Reguladora 0090 1(Uno) Coordinador Ejecutivo de Comisión Reguladora 0092 22 1(Uno) Asesor 1020 14

Artículo 2

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público