Micelio

decreto 2789 de 1961

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales

Artículo 1Disminúyese En $ 150

º Disminúyese en $ 150.000.00 la apropiación del Capítulo 3104, Programa II, artículo 31126 ordinal 26-11, Recursos del Crédito, del Presupuesto vigente, "Puente Santander, en Neiva". Esta suma se incorporará a la partida global correspondiente al Capítulo 3104, Programa II, artículo 31126, Recursos del Crédito, del Presupuesto vigente.

Artículo 2De La Partida Apropiada En El Capítulo 3104, Programa Ii Artículo 3126- A, Ordinal 26, Recursos Del Crédito, Del Presupuesto Vigente, "estudios, Construcciones Y Terminaciones De Puentes En El País, Incluidos Los Estudios De Los Puentes Sobre El Río Humea En Puerto Porfía Y Sobre El Meta En Puerto López", Hácese La Siguiente Distribución: Capitulo 3104 Programa Ii, Artículo 31126-A, Ordinal 26, Recursos Del Crédito

º De la partida apropiada en el Capítulo 3104, Programa II artículo 3126- A, ordinal 26, Recursos del Crédito, del Presupuesto vigente, "Estudios, construcciones y terminaciones de puentes en el país, incluidos los estudios de los puentes sobre el río Humea en Puerto Porfía y sobre el Meta en Puerto López", hácese la siguiente distribución: CAPITULO 3104 Programa II, artículo 31126-A, ordinal 26, Recursos del Crédito. Puentes en la vía que va de Silvia a Belalcázar. 22. Puente Bejuco $ 20.000.00 23. Puente La Troja 20.000.00 24. Puente Tuluá 20.000.00 25. Puente chuchucue 20.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas