Artículo 1º
º. Nómbrase como Ministro Delegatario de funciones presidenciales, durante los días 1, 2 y 3 de febrero de 1984, al señor Ministro de Relaciones Exteriores, doctor Rodrigo Lloreda Caicedo. Deléganse en el citado Ministro las funciones constitucionales previstas en las siguientes normas: Artículo 118, numerales 2º 5º, 6º y 7º; artículo 119, numeral 2º, artículo 120, numerales 2º, 3º, y 7º, de la Constitución Política.
Artículo 2º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y