Micelio

decreto 1533 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por Decreto número 534, de fecha 13 de febrero del presente año, se crearon los cargos de Almacenista General y Cajero Contador de las obras de reconstrucción de Tumaco, con una asignación mensual de $ 350 cada uno

Considerando · 3 motivos

Que por Decreto número 534, de fecha 13 de febrero del presente año, se crearon los cargos de Almacenista General y Cajero Contador de las obras de reconstrucción de Tumaco, con una asignación mensual de $ 350 cada uno;

Que por motivo de que la Contraloria General de la República ha fijado para esos cargos fianzas elevadísimas por no existir en el expresado Municipio entidad fiscalizadora dependiente de ese Despacho; así como por las condiciones, climatéricas de la region, ha sido dificil conseguir personal competente para desempeñar los cargos de que se trata, y;

Que en tales circunstancias, el Gobierno considera conveniente fijar a los mencionados cargos una mayor asignación;

Artículo 1

Artículo único. Fijanse en $ 450 mensuales las asignaciones del Almacenista General y Cajero Contador de las obras de Reconstrucción de Tumaco. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas