Artículo 1Los Jueces De Circulo Municipal Tendrán Derecho A Un Reconocimiento Mensual Por Concepto De Viáticos Y Gastos De Transporte, Así : A) En Círculos Municipales Que Comprendan Cuatro Municipios $ 600
º Los Jueces de Circulo Municipal tendrán derecho a un reconocimiento mensual por concepto de viáticos y gastos de transporte, así
a)
En Círculos Municipales que comprendan cuatro municipios $ 600.00
b)
En Círculos Municipales que comprendan tres municipios 450.00
c)
En Círculos Municipales que comprendan dos municipios 300.00
Artículo 2Los Jueces Territoriales Y Sus Secretarios Tendrán Derecho Al Reconocimiento Mensual De Los Gastos De Trasporte Y Viáticos, Así: Jueces $ 400
º Los Jueces Territoriales y sus Secretarios tendrán derecho al reconocimiento mensual de los gastos de trasporte y viáticos, así: Jueces $ 400.00 Secretarios 200.00
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición Y Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1º De Octubre Del Presente Año
º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del 1º de octubre del presente año.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República