Micelio

decreto 476 de 1879

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Considerando · 2 motivos

Que el parágrafo del artículo 1.° de la lei 8.ª de 1877 solo esceptuó de la cancelacion dispuesta en ella, la renta viajera de que disfrutan los frailes i monjas esclaustrados i los patronatos i capellanías que tengan el carácter de propiedad particular ; i 2.°;

Que el patronato de las fundaciones hechas por Rafael Gaviria i por Ignacio Gutiérrez Sierra carece de ese carácter, pues no pertenece a los miembros de la familia del fundador, sino que corresponde : el de la primera cara i al juez de primer voto del distrito de Medellin , i el de la segunda a los curas Vicarios del mismo distrito, que son personas ficticias i jurídicas;

Artículo 1

Art. 1. ° Decláranse canceladas las siguientes certificaciones de renta nominal al 3 por 100 de interes anual : La número 175, a favor de la fundación de Rafael Gaviria, por $ 1,00 I la número 178, a favor de la fundacion de Ignacio Gutiérrez S., por 2660 Suma $ 3, 660

Artículo 2

Art. 2. ° La Direccion del Crédito nacional procederá a describir en sus libros la partida de cancelacion por la suma de 3, 660 pesos que importan los capitales de las certificaciones referidas.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Tesoro i Crédito nacional