Micelio

decreto 2489 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1954 y 1190 de 1964, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial" con el fin de estimular y recompensar actos notables en el incremento de la industria nacional y servicios eminentes en su desarrollo

Considerando · 6 motivos

Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial" con el fin de estimular y recompensar actos notables en el incremento de la industria nacional y servicios eminentes en su desarrollo;

Que la empresa Landers & Cía. S. A., en el presente año cumple 40 años de permanente actividad en Colombia;

Que la empresa Landers & Cía. S. A., se ha distinguido en la fabricación y mercadeo de productos de excelente calidad, contribuyendo a mejorar el nivel de vida de sus clientes y a retribuir en forma razonable a los accionistas;

Que en cumplimiento de sus objetivos, ha generado desarrollo y progreso en la compañía y el mantenimiento de programas que benefician a sus trabajadores y a la comunidad en general;

Que la empresa Landers & Cia. S. A., ha sido una de las compañías pioneras en las exportaciones de productos metalmecánicos para el hogar, de las reconocidas marcas Corona y Universal;

Que la empresa Landers & Cia. S. A., viene atendiendo los mercados de Norte, Centro y Suramérica, algunos países del Africa, Nueva Zelandia y Filipinas, contribuyendo así al principal objetivo de las exportaciones colombianas, Por tales razones el Gobierno Nacional;

Artículo 1Concédese La "orden Del Mérito Industrial" En La Categoría De "gran Oficial" A La Empresa Landers & Cía

Articulo 1° Concédese la "Orden del Mérito Industrial" en la categoría de "Gran Oficial" a la empresa Landers & Cía. S. A., en cabeza de su Gerente General, doctor Jaime Duque Giraldo.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2898 de 1954 y 1190 de 1964, y
El Ministro de Desarrollo Económico