Micelio

decreto 40 de 1898

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En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el comercio del alto Magdalena exige para su seguridad, especial protección del Gobierno

Considerando · 1 motivo

Que el comercio del alto Magdalena exige para su seguridad, especial protección del Gobierno;

Artículo 1Créase La Inspección Fluvial De Girardot Esta Oficina Será Servida Por Un Inspector Con Las Atribuciones Y Deberes Que Determinan La Ley 84 De 1871 Y El Decreto Número 640, De 25 De Agosto De 1891

° Créase la Inspección fluvial de Girardot Esta Oficina será servida por un Inspector con las atribuciones y deberes que determinan La Ley 84 de 1871 y el Decreto número 640, de 25 de Agosto de 1891.

Artículo 2El Empleado De Que Trata El Artículo Anterior Disfrutará Del Sueldo Anual De Seiscientos Pesos ($600)

° El empleado de que trata el artículo anterior disfrutará del sueldo anual de seiscientos pesos ($600).

Artículo 3Nómbrase Inspector De La Navegación Fluvial Del Alto Magdalena, Con Residencia En Girardot, Al Sr

° Nómbrase Inspector de la Navegación fluvial del Alto Magdalena, con residencia en Girardot, al Sr. Juan A. Pérez. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Gobierno