El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Dentro De Las Normas Reglamentarias De Los Decretos 406 Y 1911 De 1949, Otórgase Franquicia Postal, Inclusive En El Servicio Urbano, Para La Revista De La Sanidad Militar De Colombia, Que Se Edita En El Estado Mayor General
° Dentro de las normas reglamentarias de los Decretos 406 y 1911 de 1949, otórgase franquicia postal, inclusive en el servicio urbano, para la Revista de la Sanidad Militar de Colombia, que se edita en el Estado Mayor General.
Artículo 2La Franquicia Concedida Por Medio Del Artículo Anterior No Exime Del Pago De Las Sobretasas A Que Se Refieren Las Leyes 75 De 1936 Y 2 De 1946
° La franquicia concedida por medio del artículo anterior no exime del pago de las sobretasas a que se refieren las Leyes 75 de 1936 y 2 de 1946. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales
El Ministro de Correos y Telégrafos