Micelio

decreto 471 de 2013

2 artículos · lectura continua

Artículo 1Modifícase El Artículo Tercero Del Decreto 226 De 2013 El Cual Quedará Así: "artículo Tercero

°. Modifícase el artículo tercero del Decreto 226 de 2013 el cual quedará así: "Artículo Tercero. Integración. La Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina estará integrada por

1.

El Ministro del Interior o su delegado.

2.

El Ministro de Relaciones Exteriores o su delegado.

3.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia o su delegado.

4.

El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

5.

El Gobernador de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

6.

El Alcalde de Providencia.

Parágrafo 1

A la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina asistirán y participarán con voz y sin voto, como Invitados Permanentes: 1. 5 Representantes del Presidente de la República.

Parágrafo 2

Además de los invitados permanentes, la Comisión podrá invitar a sus sesiones a las personas o servidores públicos que considere necesarios para el mejor desarrollo de la misma, quienes participarán con voz pero sin voto".

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.