Micelio

decreto 2488 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y las legales contempladas en el artículo 17 del Decreto-ley 1680 de 1991

Artículo 1Créanse En La Planta De Personal Global Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República, Establecida Mediante Decreto Número 2434 Del 29 De Octubre De 1991 Y Modificada Mediante Decretos Números 1529 De 1992 Y 311, 571 650, 1143, 1159, 1644, 1981 Y 2337 De 1993, Los Siguientes Empleos: Número De Cargos Nivel Y Denominación Del Empleo Código Grado 4 Conductor Mecánico 635 10 9 Operario Calificado 650 12 3 Secretario 655 12 1 Secretario 655 15 2 Técnico 530 21

° Créanse en la Planta de Personal Global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, establecida mediante Decreto número 2434 del 29 de octubre de 1991 y modificada mediante Decretos números 1529 de 1992 y 311, 571 650, 1143, 1159, 1644, 1981 y 2337 de 1993, los siguientes empleos: Número de Cargos Nivel y Denominación del Empleo Código Grado 4 Conductor Mecánico 635 10 9 Operario Calificado 650 12 3 Secretario 655 12 1 Secretario 655 15 2 Técnico 530 21

Artículo 2Este Decreto Surte Efectos Fiscales A Partir Del 1° De Enero De 1994

° Este Decreto surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1994. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 13 de diciembre de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Héctor José Cadena Clavijo; El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Miguel Silva Pinzón; El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Jorge Eliécer Sabas Bedoya.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y las legales contempladas en el artículo 17 del Decreto-ley 1680 de 1991
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública