en ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Nacional, y en especial las 25 conferidas por el Decreto-ley 1912 de 1973
Artículo 1Suprímese De La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil La Oficina De Comunicación Hasta Hoy Integrada Así: Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado 1 Jefe De Oficina Viii 35 1 Asistente Administrativo Iii 21 1 Secretario Iii 14 1 Auxiliar De Servicios Generales Iv 7
°. Suprímese de la planta de personal del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil la Oficina de Comunicación hasta hoy integrada así: Cargos Denominación del empleo Clase Grado 1 Jefe de Oficina VIII 35 1 Asistente Administrativo III 21 1 Secretario III 14 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7
Artículo 2Créase En La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil Los Siguientes Cargos Cargos Denominación Del Empleo Clase Grado 1 Jefe De Oficina Viii 35 8 Inspectores Generales De Seguridad Ii 21 1 Secretario Iii 14 4 Mecanógrafos Iii 10 1 Oficinista Iii 9 1 Auxiliar De Servicios Generales Iv 7
°. Créase en la planta de personal del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil los siguientes cargos Cargos Denominación del empleo Clase Grado 1 Jefe de Oficina VIII 35 8 Inspectores Generales de Seguridad II 21 1 Secretario III 14 4 Mecanógrafos III 10 1 Oficinista III 9 1 Auxiliar de Servicios Generales IV 7
Artículo 3El Jefe De Oficina De Que Trata El Artículo Anterior Estará Bajo La Inmediata Dirección Del Jefe Del Departamento Administrativo, De Aeronáutica Civil, Y Tendrá, Además De Las Que Por Ley Le Correspondan, Las Siguientes Funciones: A) Practicar Visitas Generales A Las Dependencias Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil En Todo El País, A Fin De Comprobar El Desarrollo De Las Actividades De Cada Una De Ellas, E Iniciar Inmediatamente La Investigación De Las Irregularidades O Hacer Las Denuncias A Que Hubiere Lugar
°. El Jefe de Oficina de que trata el artículo anterior estará bajo la inmediata dirección del Jefe del Departamento Administrativo, de Aeronáutica Civil, y tendrá, además de las que por ley le correspondan, las siguientes funciones
Practicar visitas generales a las dependencias del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil en todo el país, a fin de comprobar el desarrollo de las actividades de cada una de ellas, e iniciar inmediatamente la investigación de las irregularidades o hacer las denuncias a que hubiere lugar.
Tramitar e investigar las denuncias que se presenten contra los funcionarios del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil.
Solicitar, previa autorización del Jefe del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, la designación de investigadores especiales en los casos que éste considere conveniente.
Coordinar y fiscalizar las actividades de los inspectores del Departamento y de los empleados del Fondo Nacional de Aeronáutica Civil.
Desarrollar las investigaciones de carácter operativo técnico, administrativo o disciplinario que el gobierno le encomiende, y
Las demás funciones de que trata el artículo 2° del Decreto 2447 de 1975.
Artículo 4La Autoridad Nominadora Procederá A Designar El Personal Para Los Cargos Aquí Determinados
°. La autoridad nominadora procederá a designar el personal para los cargos aquí determinados.
Artículo 5Los Empleados Públicos Que, Estando Al Servicio Del Departamento Administrativo De Aeronáutica Civil, Fueren Incorporados En La Planta De Personal Creada Por El Artículo Del Presente Decreto, Para La Posesión No Requerirán Sino Firmar El Acta Respectiva Y Pagar El Impuesto De Timbre Correspondiente A La Diferencia De Remuneración, Si A Ello Hubiere Lugar
°. Los empleados públicos que, estando al servicio del Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, fueren incorporados en la planta de personal creada por el artículo del presente Decreto, para la posesión no requerirán sino firmar el acta respectiva y pagar el impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración, si a ello hubiere lugar.
Artículo 6El Gasto Que Ocasione El Cumplimiento De Lo Aquí Ordenado Se Imputará Al Presupuesto Vigente Del Departamento Administrativa De Aeronáutica Civil
°. El gasto que ocasione el cumplimiento de lo aquí ordenado se imputará al presupuesto vigente del Departamento Administrativa de Aeronáutica Civil.
Artículo 7En Los Términos Del Presente Decreto Queda Modificada La Planta De Personal Establecida Mediante El Decreto 1626 De 1974
°. En los términos del presente Decreto queda modificada la planta de personal establecida mediante el Decreto 1626 de 1974.
Artículo 8Este Decreto Rige Desde Su Expedición
°. Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y cúmplase.