en uso de las facultades que le confiere el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991 y el artículo 34 del Decreto 1950 de 1973, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto numero 000873 de 1996, se confirió comisión de servicios al doctor Morris Harf Meyer, Ministro de Comercio Exterior, para viajar a la ciudad de Washington (Estados Unidos) del 18 al 25 de mayo del presente año, con el fin de asistir a la V Comisión Bilateral de Comercio e Inversión Colombia-Estados Unido
Considerando · 2 motivos
Que mediante Decreto numero 000873 de 1996, se confirió comisión de servicios al doctor Morris Harf Meyer, Ministro de Comercio Exterior, para viajar a la ciudad de Washington (Estados Unidos) del 18 al 25 de mayo del presente año, con el fin de asistir a la V Comisión Bilateral de Comercio e Inversión Colombia-Estados Unidos;
Que el doctor Harf Meyer, cumplió la comisión de servicios conferida a la ciudad de Washington (Estados Unidos) del 19 al 24 de mayo del año en curso, por lo que se hace necesario aclarar los artículos 1° y 2° del Decreto numero 000873 de 1996;
Artículo 1Aclarar El Artículo 1° Del Decreto Numero 000873 De 1996, En El Sentido De Que El Doctor Morris Harf Meyer, Ministro De Comercio Exterior, Viajo En Cumplimiento De La Comisión Conferida A La Cuidad De Washington (Estados Unidos) Del 19 Al 24 De Mayo Del Año En Curso Y No Como Aparece En El Citado Decreto
°. Aclarar el artículo 1° del Decreto numero 000873 de 1996, en el sentido de que el doctor Morris Harf Meyer, Ministro de Comercio Exterior, viajo en cumplimiento de la Comisión conferida a la cuidad de Washington (Estados Unidos) del 19 al 24 de mayo del año en curso y no como aparece en el citado Decreto.
Artículo 2Aclarar El Artículo 2° Del Numero 000873 De 1996, En El Sentido De Que El Doctor Morris Harf Meyer Tiene Derecho A Viáticos Por El Termino De Cinco (5) Días Y Medio Y No Como Aparece En El Citado Decreto
°. Aclarar el artículo 2° del numero 000873 de 1996, en el sentido de que el doctor Morris Harf Meyer tiene derecho a viáticos por el termino de cinco (5) días y medio y no como aparece en el citado Decreto.
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 14 de junio de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, José Antonio Vargas Lleras.