El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1Destínase Para La Fundación De Un Puesto De Monta, Dependiente Del Ministerio De La Economía Nacional, Un Lote De Terreno De Doce (12) Hectáreas, Dentro Del Predio Denominado "chapalito" En El Municipio De Pasto, Administrado En La Actualidad Por El Ministerio De Guerra
° Destínase para la fundación de un Puesto de Monta, dependiente del Ministerio de la Economía Nacional, un lote de terreno de doce (12) hectáreas, dentro del predio denominado "Chapalito" en el Municipio de Pasto, administrado en la actualidad por el Ministerio de Guerra.
Artículo 2Una Comisión De Los Dos Ministerios Citados Llevara A Cabo La Delimitación Y Amojonamiento De Los Terrenos Nacionales Que Se Destinan Por Este Decreto, Para El Puesto De Monta
° Una comisión de los dos Ministerios citados llevara a cabo la delimitación y amojonamiento de los terrenos nacionales que se destinan por este Decreto, para el Puesto de Monta. Comuníquese y publíquese:
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El ministro de Guerra
El Ministro de la Economía Nacional