Micelio

decreto 1888 de 1943

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales

Artículo 1

Artículo primero . Suprímense los cargos de Directora de Enfermeras Visitadoras y una Enfermera-Visitadora en el Hospital Sanatorio de "Santa Clara".

Artículo 2

Artículo segundo. Créanse dos cargos de Enfermeras Visitadoras para el Hospital Sanatorio "Santa Clara", con la asignación mensual de $ 20.00 cada una, los cuales serán desempeñados por Hermanas Vicentinas.

Artículo 3

Artículo tercero. Auméntase de ciento cincuenta pesos ($ 150.00) a doscientos diez pesos ($ 210.00) mensuales, el sueldo del Médico Auxiliar del Hospital Sanatorio "Santa Clara" de esta ciudad.

Artículo 4

Artículo cuarto. Esté Decreto regirá desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social
El Ministro de Hacienda y Crédito Público