Micelio

decreto 2247 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones légales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 7 de septiembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 72 Del Artículo 1133

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 72 Del artículo 1133. Para ampliación del edificio de estudios de la Radiodifusora Nacional, construcción de nuevas oficinas, estudios y salas de audición $ 15.000.00 Del artículo 1135. Para dotación del laboratorio de experimentación de la Radiodifusora Nacional y pruebas de nuevos sistemas 5.000.00 Departamento de Bolívar. CAPITULO 77 Del artículo 1290. Para auxiliar al Colegio "Fernández Baena", de la ciudad de, Cartagena, como auxilio para la compra de sus laboratorios de física y química 8.666.67 Departamento de Santander. CAPITULO 77 Del artículo 1416. Para adquirir el lote donde funcionará la Escuela Normal Rural para Varones, de Puente Nacional 6.000.00 Suman los contracréditos $ 34.666.67 AL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 79 Al artículo 1472-B. Para pagar por conducto del Departamento Nacional de Provisiones, al señor- Ramón Cuéllar, a cuenta del valor de un transmisor suministrado a la Radiodifusora Nacional $ 20.000.00 Departamento de Bolívar. CAPITULO 77 Al artículo 1282. Para auxiliar la Universidad de Bolívar (sostenimiento) 8.666.67 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento de Santander. CAPITULO 96 Al artículo 1789. Para terminar la construcción, piscina y dotación del hotel de turismo de Agua-blanca en Puente Nacional, según Leyes 97 de 1937 y 113 de 1941, artículo 2° 6.000.00 Suman los créditos $ 34.666.67

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Obras Públicas