Micelio

decreto 1050 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales.

Artículo 1

Artículo único. Créase el cargo de Farmacéutico Enfermero de la Zona de Edificios Nacionales del Cauca, con la asignación de doscientos cuarenta pesos ($ 240) mensuales, asignación que será cubierta con fondos de la respectiva Zona. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda v Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas