Micelio

decreto 743 de 1976

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Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas Y Recursos De Capital Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1976 En La Cantidad De Cuatrocientos Setenta Y Seis Mil Doscientos Cuarenta Pesos Con Veintidós Centavos Moneda Legal, Que, Con Base En Los Certificados De Disponibilidad Números 3 Y 5 Del Mismo Año, Expedidos Por El Contralor General De La República Se Incorporarán Con Imputación Al Siguiente Numeral: Presupuesto De Renta Y Recursos De Capital

° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1976 en la cantidad de cuatrocientos setenta y seis mil doscientos cuarenta pesos con veintidós centavos moneda legal, que, con base en los Certificados de Disponibilidad números 3 y 5 del mismo año, expedidos por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Renta y Recursos de Capital. CAPITULO XII Recursos del Balance del Tesoro. Numeral 110. Concelación de Reservas del Balance del Tesoro de la vigencia fiscal de 1974, con base en recursos ordinarios 476.240.22 Suma el recurso $ 476.240.22

Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1976

° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1976. Presupuesto de funcionamiento . PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CAPITULO 010 Departamento Administrativo de la Presidencia. Programa 011. Pago de Pasivos exigibles. Cancelación de reservas con recursos ordinarios. Artículo 126-2. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, de conformidad con el certificado de Disponibilidad número 3 de 1976 y la aprobación de la Dirección General del Presupuesto 252.000.00 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Programa 117 Pago de Pasivos exigibles. Cancelación de reserva con recursos ordinarios. Artículo 1129-A-9. Para pagar compromisos y pasivos exigibles por concepto de cancelación de reservas en el Balance del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, de conformidad con el certificado de Disponibilidad General del Presupuesto 224.240.22 Suman los Créditos adicionales $ 476.240.22

Artículo 3Hácense Las Siguientes Aclaraciones Al Decreto Número 415 De Marzo 3 De 1976 Sobre Reducción Al Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia: Presupuesto De Inversión

° Hácense las siguientes aclaraciones al Decreto número 415 de marzo 3 de 1976 sobre reducción al Presupuesto de gastos de la actual vigencia: Presupuesto de inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Capítulo 265-Programa 626 Se aclara que los recortes correspondientes a los artículos en los proyectos que se expresan a continuación no corresponden a reducción del 10% sino a los valores siguientes: Artículo 6174-1 Proyectos: 05 $ 250.000; 06 $ 200.000; 07 200.000; 09 $ 200.000; 10 $ 350.000; 18 $350.000 21 $ 2001000. Artículo 6175-1 Proyectos: 02 $ 300.000; 03 $ 300.000; 05 $ 150.000; 06 $ 150.000; 08 $ 315.000; 09 $ 685.000. Artículo 6176-1 Proyectos: 01 $-300.000; 01 $ 200.000; 03 $ 200.000: 04 $ 400.000; 05 $ 230.000; 08 $ 100.000; 09 $ 100.000; 11 $ 665.000: 12 $ 215.000. Artículo 6177-1 Provectos: 01 $ 346-000; 02 S 300.000; 03 $ 300.000; 04 $ 390.000; 05 S 520:000; 07 S 200.0Ó0. Artículo 6173-1 Proyectos: 01 $ 204.000; 02 $ 325.000: 03 $ 282,0.00; 06 $ 256.000; 08 $ 236.000; 11 $ 236.000; 12 $ 236.0.00. Artículo 6179-1 Proyectos: 01 $ 210.000; 02 $ 200.000; 04 $ 200.000; 05 $ 280.000; 06 $ 200.000; 09 $ 275.000. Artículo 6180-1 Proyectos: 01 $ 260.000; 03 650.000; 04 $ 150.000; 05 $ 140.000; 06 $ 200.000: 07 $100.000: 08 $ 1 000: 09 $ 300.000; 10 $ 50.000. Artículo 6181-1 Proyectos: 01 $ 300.000; 02 $ 100.000; 03 $ 100.000; 04 $ 100.000; 05 $ 100.000; 06 $ 100.000; 07 $ 100.000; 08 $ 100.000; 09 $ 1.000.000. Artículo 61.32-1 Proyectos: 01 $ 200.000; 02 $ 100.000; 03 $ 50.000; 04 $ 300.000; 05 $ 50.000; 09 $1.300.000. Artículo .6183-1. Proyecto: 01 $ 500.00.0. Artículo 6184-1 Proyectos: 01 $ 1.000.000: 02 $ 200.000; 03 $ 200.000; 04 $ 300.000;05 $ 200.000; 06 $ 50.000; 07 $ 50.000. Artículo 6185-1 Proyectos: 01 $ 1.750.000; 05 $ 250.0.000. Artículo 6186-1 Proyectos: 01 $ 400.000; 02 $ 200.00.0; 03 $ 200.000; 04 $ 400.000; 05 $ 200.000; 06 $ 200.000; 07 $ 400.000; 08 $ 2.00:000. Artículo 6187-1 Proyectos: 01 $ 600:000; 02 $ 200.000; 03 $ 100.000; 05 $ 100.000; 06 $ .50.000. Artículo 6188-1 Proyectos: 02 $ 200.000; 03 $ 40.0.000; 0.4 $ 200.000: 05 $ 300.000 Artículo 6189-1 Proyectos: 01 $ 400.000; 02 $ 100.000; 03 $ 600.000; 04 $ .500.000; 05 $ 200.000; 06 $ 200.000. Artículo 6190-1 Proyectos: 01 $ 400.000; 02 $ 600.000; 03 $ 200.000: 04 $ 3,00.000; 06 $ 100.000. Artículo 6191-1 Proyectos: 01 $ 400.000; 02 $ 509.000; 03 $ 100.000; 05 S 100.000; 07 $ 10.000.0; 08 $ 50.000; 04 $ 200.000. Artículo 6192-1 Proyectos: 01 $ 1.120.000; 09 $ 200.000; 10 $ 300.000. Artículo 6193-1 Proyectos: 02 $. 100.000: 03 $ 100.000; 04 $ 100.000. Artículo 6194-1 Proyectos: 01 $ 115.000; 02 $ 200.000; 04 $ 200.000: 05 $ 200.000: 06 $ 200.000; 15 $ 200.000; 16 $ 300.000: 17 $ 200.000; 18 $ 10.000 Artículo 6195-1 Proyectos: 01 $ 100.000; 02 $ 200.000; 03 $ 200.000; 04 $ 100.000; 05 $ 100.000; 06 $ 100.000; 07 $ 100.000; 08 $ 100.000; 09 $ 100-000; 10 $ 200.000; 11 $ 200.000; 12 $ 100.000; 13 $100.000; 14 $ 100.000. Artículo 6196-1 Proyecto: 01 $ 600.000. Artículo 6197-1 Proyectos: 01 $ 800.000; 02 $ 100.000; 03 $ 300.000. Se expresa que la leyenda correspondiente a reducción del 10% para, el artículo 6172 queda sin efecto. Se aclara que los artículos 6183 Proyecto 02; 6184 Proyecto 08; 6186 Proyecto 09 y 10; 6190 Proyecto 7; 6193 Proyectos: 10 y 11 y 6197 Proyecto 4 no se les hace ningún recorte.

Artículo 4El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público