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decreto 4816 de 2010

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Artículo 1Prorrogar El Plazo Establecido En El Artículo 1° Del Decreto 175 De 2010, Para La Liquidación De La Empresa Territorial Para La Salud, Etesa En Liquidación, Hasta El 31 De Diciembre De 2011

°. Prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° del Decreto 175 de 2010, para la liquidación de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, hasta el 31 de diciembre de 2011.

Artículo 2La Empresa Territorial Para La Salud, Etesa En Liquidación, Continuará Ejerciendo Las Funciones Señaladas En El Decreto 175 Del 25 De Enero De 2010, Hasta El 31 De Diciembre De 2011, En Especial Las Contenidas En El Inciso 2° Del Artículo 3°, En Concordancia Con Lo Establecido En Los Artículos 19 Y 20 De La Ley 1393 De 2010

°. La Empresa Territorial para la Salud, Etesa en Liquidación, continuará ejerciendo las funciones señaladas en el Decreto 175 del 25 de enero de 2010, hasta el 31 de diciembre de 2011, en especial las contenidas en el inciso 2° del artículo 3°, en concordancia con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley 1393 de 2010.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 175 De 2010 Y El Decreto 2676 De 2010

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 175 de 2010 y el Decreto 2676 de 2010.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política y el parágrafo 1° del artículo 2° de la Ley 1105 de 2006, y
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de la Protección Social
La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública