Micelio

decreto 597 de 1993

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las atribuciones legales que le señala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial de las que le confiere el artículo 95 del Decreto-ley 2110 de 1992

Artículo 1° Establécese Para El Departamento Administrativo De Seguridad, La Siguiente Planta De Personal: A

° Establécese para el Departamento Administrativo de Seguridad, la siguiente planta de personal: A. PLANTA ASIGNADA A DEPENDENCIAS N° cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado Despacho del Director. 1 Director de Departamento Administrativo 101 -- 1 Secretario Ejecutivo 308 15 1 Secretario Ejecutivo 308 10 2 Secretario Ejecutivo 308 08 1 Técnico Especialista 304 11 1 Secretario Privado 112 20 1 Secretario de Prensa 113 19 Despacho del Subdirector . 1 Subdirector de Departamento Administrativo 102 -- 1 Asistente 119 18 1 Secretario Ejecutivo 308 10 1 Secretario Ejecutivo 308 08 2 Profesional Administrativo 302 16 B. PLANTA GLOBAL N° cargos Area Código Grado Dirección Superior. 1 Secretario General 103 24 2 Director General 104 23 3 Director 106 22 32 Director Seccional 108 21 23 Subdirector Seccional 109 18 1 Director de Escuela 107 16 3 Director de Area 111 18 6 Jefe de Oficina 114 22 7 Jefe División 116 21 4 Jefe División 116 20 15 Jefe de Unidad 117 20 6 Jefe de Unidad 117 19 7 Jefe de Unidad 117 18 19 Jefe de Unidad 117 17 9 Jefe de Unidad 117 15 2 Oficial de Enlace 118 16 1 Asistente 119 18 11 Asistente 119 16 Operativa. 7 Inspector 201 18 3 Inspector 201 17 10 Profesional Operativo 202 18 12 Profesional Operativo 202 17 15 Profesional Operativo 202 16 21 Profesional Operativo 202 14 24 Profesional Operativo 202 13 10 Oficial de Inteligencia 203 16 19 Oficial de Inteligencia 203 15 29 Oficial de Inteligencia 203 14 59 Oficial de Inteligencia 203 11 46 Auxiliar de Inteligencia 204 09 51 Auxiliar de Inteligencia 204 07 20 Detective Especializado 206 16 30 Detective Especializado 206 14 50 Detective Especializado 206 13 100 Detective Profesional 207 11 200 Detective Profesional 207 09 500 Detective Agente 208 07 1000 Detective Agente 208 06 1500 Detective Agente 208 05 4 Criminalístico Especializado 209 18 8 Criminalístico Especializado 209 14 10 Criminalístico Especializado 209 13 21 Criminalístico Profesional 210 11 23 Criminalístico Profesional 210 09 11 Criminalístico Técnico 211 07 36 Criminalístico Técnico 211 06 46 Criminalístico Técnico 211 05 40 Agente Secreto 212 10 60 Agente Secreto 212 07 40 Guardián Superior 213 07 50 Guardián 214 05 150 Guardián 214 04 200 Guardián 214 03 Administrativa 5 Profesional Especializado 301 18 20 Profesional Administrativo 302 17 14 Profesional Administrativo 302 16 21 Profesional Administrativo 302 15 19 Profesional Administrativo 302 14 39 Profesional Administrativo 302 13 9 Técnico Especialista 304 12 9 Técnico Especialista 304 11 13 Técnico Especialista 304 10 20 Técnico 305 07 25 Técnico 305 06 75 Técnico 305 05 45 Técnico 305 04 60 Técnico 305 03 12 Secretario Ejecutivo 308 10 26 Secretario Ejecutivo 308 08 15 Secretario 309 06 80 Secretario 309 05 363 Secretario 309 04 190 Secretario Auxiliar 310 03 1 Pagador 312 14 7 Pagador 312 11 19 Pagador 312 10 9 Pagador 312 08 1 Almacenista General 313 16 4 Almacenista 314 11 19 Almacenista 314 09 14 Almacenista 314 06 1 Piloto 316 17 50 Conductor 317 06 120 Conductor 317 05 160 Conductor 317 04 3 Mecánico 318 08 6 Mecánico 318 06 6 Mecánico 318 05 10 Mecánico 318 04 5 Mecánico 318 03 3 Enfermero 320 06 15 Enfermero 320 04 3 Intérprete 322 11 4 Intérprete 322 09 5 Instructor 323 12 15 Auxiliar Administrativo 324 06 20 Auxiliar Administrativo 324 04 35 Auxiliar Administrativo 324 03 60 Auxiliar Administrativo 324 02 70 Auxiliar de Servicios 325 03 100 Auxiliar de Servicios 325 02 130 Auxiliar de Servicios 325 01 300 Alumno de Academia 326 03 6 Profesor de Secundaria 327 6 Profesor de Primaria 328 6 Profesor de Academia 329 14

Artículo 2° El Director Del Departamento Administrativo De Seguridad, Por Medio De Resolución, Distribuirá Los Cargos De La Planta Global Y Ubicará Al Personal En Las Diversas Dependencias, Teniendo En Cuenta La Estructura Orgánica Interna, Planes, Programas Y Demás Necesidades Del Servicio

° El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, por medio de resolución, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal en las diversas dependencias, teniendo en cuenta la estructura orgánica interna, planes, programas y demás necesidades del servicio.

Artículo 3° La Incorporación No Implica Solución De Continuidad En El Servicio Para Ningún Efecto Legal

° La incorporación no implica solución de continuidad en el servicio para ningún efecto legal. El personal incorporado tomará posesión sin otro requisito que el juramento y la firma del acta correspondiente.

Artículo 4° Los Funcionarios Del Departamento Administrativo De Seguridad Que No Sean Desvinculados Como Consecuencia De La Reestructuración Y Hasta Su Posesión En El Nuevo Cargo, Devengarán El Salario Correspondiente Al Grado Señalado En La Planta De Personal Anterior

° Los funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad que no sean desvinculados como consecuencia de la reestructuración y hasta su posesión en el nuevo cargo, devengarán el salario correspondiente al grado señalado en la planta de personal anterior.

Artículo 5° El Personal Del Departamento Administrativo De Seguridad Podrá Ser Trasladado A Cualquiera De Las Dependencias De La Institución En El País, Según Lo Exijan Las Necesidades Y Conveniencias Del Servicio

° El personal del Departamento Administrativo de Seguridad podrá ser trasladado a cualquiera de las dependencias de la Institución en el país, según lo exijan las necesidades y conveniencias del servicio.

Artículo 6° Vigencia Y Derogaciones

° Vigencia y derogaciones. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones legales que le señala el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y en especial de las que le confiere el artículo 95 del Decreto-ley 2110 de 1992
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública
El Director del Departamento Administrativo de Seguridad