en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 492 del 20 de marzo de 2019 se delegaron unas funciones constitucionales con ocasión del traslado del Presidente de la República a las ciudades de Chengdu y Pekín - República Popular China, con el fin de asistir a la Asamblea General del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y realizar una visita de Estado a ese país a partir del día 27 y hasta el 2 de abril de 2019. Que el Presidente de la
Considerando · 3 motivos
Que mediante Decreto número 492 del 20 de marzo de 2019 se delegaron unas funciones constitucionales con ocasión del traslado del Presidente de la República a las ciudades de Chengdu y Pekín - República Popular China, con el fin de asistir a la Asamblea General del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y realizar una visita de Estado a ese país a partir del día 27 y hasta el 2 de abril de 2019.
Que el Presidente de la República canceló su viaje a la República Popular China.
Que por las consideraciones anteriores se hace necesario derogar el Decreto número 492 del 20 de marzo de 2019;
Artículo 1Derogar En Todas Sus Partes El Decreto Número 492 Del 20 De Marzo De 2019
°. Derogar en todas sus partes el Decreto número 492 del 20 de marzo de 2019.
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.