Micelio

decreto 1886 de 1952

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en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que en el presente año se celebra el primer centenario de la fundación de la ciudad de Girardot

Considerando · 3 motivos

Que en el presente año se celebra el primer centenario de la fundación de la ciudad de Girardot;

Que la Junta Organizadora de tal centenario ha señalado los días comprendidos entre el 5 y el 20 de diciembre próximo, para que tenga lugar una Feria Exposición Industrial;

Que las Cámaras de Comercio de acuerdo con el ordinal VII del artículo 12 de la Ley 28 de 1931, están facultadas para organizar exposiciones comerciales e industriales;

Artículo 1

Artículo primero. Se declara feria Exposición Industrial Gran Colombiana, la Que se celebrará para el centenario de la fundación de la ciudad de Girardot, en los días comprendidos entre el 5 y el 20 de diciembre del año en curso.

Artículo 2

Artículo segundo. En esta Feria Exposición Industrial, tendrán derecho a participar todos los países con los que tiene Colombia relaciones diplomáticas.

Artículo 3

Artículo tercero. Encárgase a la Cámara de Comercio de Girardot, para que de acuerdo con el señor Alcalde Municipal de esa ciudad, organice y lleve a cabo la Feria Exposición Industrial Gran Colombiana.

Artículo 4

Artículo cuarto. Este Decreto rige desde su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento