Micelio

decreto 445 de 1930

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Suprímese La Oficina Postal De Patía, En El Departamento Del Cauca, Dependiente De La Administración Principal De Correos De Popayán

° Suprímese la Oficina Postal de Patía, en el Departamento del Cauca, dependiente de la Administración Principal de Correos de Popayán.

Artículo 2Suprímese La Plaza De Ayudante De 5ª Categoría Que Ocupa En La Administración Principal De Correos De Popayán El Señor Hernando Mosquera R

° Suprímese la plaza de Ayudante de 5ª categoría que ocupa en la Administración Principal de Correos de Popayán el señor Hernando Mosquera R.

Artículo 3Créase Una Plaza De Oficial De 1ª Categoría En La Administración Principal De Correos De Popayán, Con La Asignación Mensual De $ 90, Y Nómbrase Para Ocuparla Al Señor Hernando Mosquera R

° Créase una plaza de Oficial de 1ª categoría en la Administración Principal de Correos de Popayán, con la asignación mensual de $ 90, y nómbrase para ocuparla al señor Hernando Mosquera R. Artículo 4° El gasto que demande el presente Decreto se imputará al artículo 672, capítulo 54, del Presupuesto de la actual vigencia.

Artículo 5El Presente Decreto Comenzará A Regir Desde El 21 Del Presente Mes

° El presente Decreto comenzará a regir desde el 21 del presente mes. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos