Artículo 1
Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de que se trata, la cantidad de treinta i seis pesos ($ 36) anuales, que se imputará al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de Correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (Material), artículo 3.°
Artículo 3Dado En Bogotá, A 10 De Setiembre De 1875
Artículo único. Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de que se trata, la cantidad de treinta i seis pesos ($ 36) anuales, que se imputará al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de Correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (Material), artículo 3.°
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Guerra i Marina