Micelio

decreto 458 de 1875

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Artículo 1

Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de que se trata, la cantidad de treinta i seis pesos ($ 36) anuales, que se imputará al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de Correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (Material), artículo 3.°

Artículo 3Dado En Bogotá, A 10 De Setiembre De 1875

Artículo único. Asígnase para gastos de material de la Administracion subalterna de Hacienda nacional de que se trata, la cantidad de treinta i seis pesos ($ 36) anuales, que se imputará al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de Correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (Material), artículo 3.°

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Guerra i Marina