El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1Créase En El Gabinete Del Señor Ministro De Guerra Un Puesto De Archivero-Registrador, Con La Asignación Mensual De Ochenta Pesos ($ 80)
° Créase en el Gabinete del señor Ministro de Guerra un puesto de Archivero-Registrador, con la asignación mensual de ochenta pesos ($ 80).
Artículo 2Con Fecha Diez Y Seis Del Presente Mes Nómbrase Al Doctor Miguel Antonio Díaz Para Desempeñar El Cargo De Ingeniero Del Comando De La Flotilla Fluvial Del Amazonas, Putumayo Y Caquetá, En Reemplazo Del Doctor Jorge Navarro, Quien Por Enfermedad No Puede Continuar Desempeñando El Cargo
° Con fecha diez y seis del presente mes nómbrase al doctor Miguel Antonio Díaz para desempeñar el cargo de Ingeniero del Comando de la flotilla fluvial del Amazonas, Putumayo y Caquetá, en reemplazo del doctor Jorge Navarro, quien por enfermedad no puede continuar desempeñando el cargo.
Artículo 3Con Anterioridad Al Primero De Septiembre Del Corriente Año Los Puestos De Jefes De Sección Del Estado Mayor General Pueden Ser Desempeñados Por Tenientes Coroneles O Mayores
° Con anterioridad al primero de septiembre del corriente año los puestos de Jefes de Sección del Estado Mayor General pueden ser desempeñados por Tenientes Coroneles o Mayores. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra