El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único. Créase el cargo de Mecanógrafa de la Administración de las carboneras de San Jorge y Moguá, con sueldo mensual de noventa pesos ($ 90), y nómbrase para desempeñarlo a la señorita María Antonia Carvajal, quien tiene derecho a devengar desde la fecha del presente Decreto, por estar prestando, sus servicios. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas